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miércoles, 3 de diciembre de 2008

DERECHO DE PETICION ENVIADO POR LA RED

Girardot 27 de Noviembre del 2008

Ingeniera:

ANDREA VILLADA

Gerente De Tecnología

Universidad Nacional Abierta y a Distancia UNAD

Bogotá D.C.

Asunto: Derecho de Petición.

La red de estudiantes de la UNAD Cead Girardot, como Organización comunitaria de gestión institucional, legítimamente aceptada dentro de la estructura organizativa de la universidad para ejercer veeduría en procesos y procedimientos, compuesta por representantes de las diferentes escuelas en nuestro centro, en ejercicio del derecho fundamental de petición que consagra el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia, al igual que lo reconocido por el decreto 01 de Enero 2 de 1984, comedidamente exponemos y solicitamos lo siguiente:

Basándonos en los lineamientos del reglamento General estudiantil que plantea en:

Capítulo I Artículo III Fines

c) Modalidad de educación a distancia: para el cumplimiento de sus responsabilidades sustantivas, la universidad facilitará la utilización de las tecnologías de la información y comunicación en los modelos pedagógicos, adecuados a las características propias de la educación abierta y a distancia.

Artículo IV Objetivos

d) Liderazgo en la Educación abierta y a Distancia: fomentar políticas para el desarrollo y sostenibilidad de la modalidad abierta y a distancia, con la utilización de tecnologías telemáticas y virtuales en el contexto de la sociedad del conocimiento, en los ámbitos local, regional, nacional y global.

Capítulo IV Artículo 18 Sobre los medios y mediaciones Pedagógicas: Son el conjunto de recursos académicos en multiformatos y estrategias didácticas, que facilitan la autogestión de aprendizaje, el trabajo académico colaborativo y optimizan la interacción y comunicación sincrónica y asincrónica entre los actores del proceso educativo.

Capitulo X Articulo 68 Derechos. Son derechos de los estudiantes los siguientes:

a) Exigir un servicio educativo de alta calidad académica acorde con los principios, fines y valores definidos en el proyecto académico pedagógico y con las competencias y propósitos de formación de los programas que curse.

Además lo expresado en el Artículo 10 del Capítulo 1 del Decreto 2566 del 2003, acerca de las condiciones mínimas de calidad y demás requisitos para el ofrecimiento y desarrollo de programas académicos de educación superior, donde se expone que “El programa deberá garantizar a los estudiantes y profesores condiciones que favorezcan un acceso permanente a la información, experimentación y práctica profesional necesarias para adelantar procesos de investigación, docencia y proyección social, en correspondencia con la naturaleza, estructura y complejidad del programa, así como el número de estudiantes”.

De la misma manera, en el parágrafo del mismo Artículo dice: “Para programas que se desarrolla en la metodología de educación a distancia, la institución deberá disponer de los recursos y estrategias propios de dicha metodología, a través de las cuales se atiende al acceso permanente de todos los estudiantes y profesores a la información, experimentación y practica profesional, necesaria para adelantar procesos de formación, investigación y proyección social. Igualmente se presentará la existencia de procedimientos y mecanismos empleados para la creación, producción, distribución y evaluación de materiales de estudio, apoyos didácticos y recursos tecnológicos con soporte digital y de telecomunicaciones, y acceso a espacios para las practicas requeridas”. Y a continuación, el artículo 11 del Capítulo 1 sobre condiciones mínimas de calidad, expone: “Los programas desarrollados bajo la metodología a distancia demostrarán que cuentan con las condiciones físicas adecuadas, tanto en la sede como en los centros de asistencia y tutoría, con indicación de las características y ubicación de los equipos e inmuebles en los lugares ofrecidos”.

La Red de estudiantes ha gestionado por medio de diferentes instancias como Vicerrectoria Académica, Dirección Zonal y Director de Cead para la resolución de este inconveniente ya que carecemos de los equipos necesarios para el progreso académico de nuestros estudiantes y no contamos con más de diez equipos aptos para el acceso a Campus Virtual.

Con base en lo anterior, solicitamos la dotación de 15 equipos de cómputo que fueron asignados al Cead Girardot desde el mes de Julio de 2008 y deberían ser instalados en el siguiente mes; hasta la fecha ni siquiera se ha visto la instalación del cableado estructurado afectándonos en nuestras labores académicas.

Hacemos la solicitud para dar cumplimiento a los principios y fines generales de la institución como son:

Excelencia académica, aprendizaje Autónomo, Formación integral, la Modalidad de educación a Distancia, entre otros.

Esperamos pronta respuesta a nuestra petición

Recibimos notificación o correspondencia en la siguiente dirección:

Redunadgirardot@gmail.com ó a la Cra. 10 Nº 36-50 Vía Tocaima

Cel.: 315 517 48 98


NATHALIA VIRVIESCAS

Representante Cead


RED DE ESTUDIANTES UNAD GIRARDOT

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